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Calcular Asignación Familiar 2020

La asignación familiar es un subsidio en dinero del estado para los trabajadores con cargas o causantes. El subsidio es un pago por cada una de las personas que viven a las expensas del trabajador y cumplan ciertos requisitos de edad, parentesco y estado civil.

Para determinar el valor de la asignación familiar, se calcula el promedio de remuneración de los últimos 6 meses (enero a junio). Con ese valor se asigna el tramo al cual pertenece el trabajador y se determina el valor de la asignación que se multiplica por cada carga familiar.

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Tabla de asignación familiar 2020 - actualizado 1 Septiembre 2020

Tabla con la asignación familiar correspondiente por rango de renta imponible y por carga.

Ingresos Monto de la asignación
Hasta $342.346 $13.401
Entre $342.347 y $500.033 $8.224
Entre $500.034 y $779.882 $2.599
Desde $779.883 $0

*Tábla válida hasta 1 de mayo de 2021


¿Quiénes tienen derecho a asignación familiar?

Tienen derecho a asignación familiar las siguientes personas:

  • Trabajadores dependientes sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de PBS de Vejez o Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
  • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.

¿Quienes se consideran cargas familiares?

Las personas por la que se cobra Asignación Familiar (causantes de Asignación Familiar) son:

  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Cónyuge masculino, siempre que sea inválido y viva a expensas de su mujer.
  • Hijos o hijastros, hasta los 18 años. ó 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
  • Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
  • Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.

Además deben cumplir con el requisito de no tener ingresos iguales o superiores a la mitad del salario mínimo mensual.

¿Cómo pedir la asignación familiar?

Para solicitar la Asignación Familiar se debe tener reconocida y acreditada sus cargas familiares. Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.

¿Dónde se reconocen las cargas familiares?

Este trámite se realiza ante el organismo que administra las cargas familiares del trabajador, y puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades.

¿Cómo se calcula la remuneración promedio?

Para calcular los ingresos promedio (o remuneración o renta, renta imponible o haberes imponibles) se suman los ingresos de los últimos 6 meses dividido por 6. Si hay menos de 6 meses con ingresos, se debe dividir por el número de meses con ingresos. En caso de trabajadores contratados por obras o faenas o plazos fijos no superior a 6 meses se debe obtener la renta promedio del periodo julio del año anterior a junio del año del informe, dividiendo el total de ingresos por el número de meses con ingresos.

¿Cómo se actualiza la remuneración promedio?

Para actualizar ingresos promedio de Asignación Familiar, los empleadores deben requerir a sus trabajadores que registren reconocimientos de carga familiar, una declaración jurada simple en donde informen sus remuneraciones, honorarios, subsidios de incapacidad laboral y pensiones percibidas en el primer semestre del año en curso. Más información aquí

¿Cómo se paga la asignación familiar?

  • Para los trabajadores dependientes: paga el empleador junto con la remuneración, aunque el trabajador se encuentre en período de incapacidad laboral.
  • Para los trabajadores independientes: paga el IPS.
  • Para los pensionados: paga la misma entidad que le paga la pensión.
  • Para Subsidios de cesantía: se les paga junto con el subsidio.
  • También es posible que el pago de la asignación se pague directamente a un causante o tutor. Según lo soliciten.

¿Existes descuentos asociados a la asignación familiar?

No, la asignación familiar no constituye remuneración, por lo tanto no es imponible ni trubutable. Es decir debe entregarse de manera íntegra al trabajador.



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